Funas en Redes Sociales: Los riesgos de esta nueva forma de "hacer justicia"

06 Noviembre 2020

Como abogada, es común que reciba preguntas sobre “las funas” y si es “legal hacerlo” o incluso algunos más aventureros quieren contratarme para “hacerlo con respaldo legal”.

Nancy Santana >
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Primero quiero aclarar que no hay ni una remota posibilidad que hacer una funa sea legal, primero porque podría entenderse como una forma de resolver los conflictos llamada: Autotutela, que está expresamente prohibida en nuestro ordenamiento jurídico, ya que nosotros no podemos tomar la justicia por nuestras propias manos, sino que hemos delegado esa labor en los tribunales de justicia, por algo somos una sociedad con estado de derecho, con ordenamiento jurídico y leyes que nos regulan y derechos que nos resguardan.

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Segundo hay que señalar que existen ciertos proyectos de ley que versan sobre la protección de datos personales y que pretenden modificar la ley 19.628 sobre la protección a la vida privada. En estos proyectos se quieren establecer un ente encargado de velar por la protección de los datos personales: Consejo para la transparencia (CPLT), además de establecer multas asociadas a las infracciones que pudieran cometerse en el tratamiento de los datos personales.

Tercero nuestra Constitución, la vigente, a través de su artículo 19 numeral 4, les asegura a todas las personas el derecho a la privacidad y a la honra tanto de la persona como de su familia. Por lo que cuando estás Garantías Constitucionales son vulneradas, pueden ser restablecidas a través de la interposición de un Recurso de Protección. Hay que señalar que una vez que este recurso es acogido, la persona que fue funada, y que, en definitiva, es quien interpondrá la acción constitucional, por un lado, podrá demandar la indemnización de los perjuicios que ocasionó la publicación, y además, por otro, podría querellarse contra quien lo funó, ya que podría configurarse con ese actuar, la figura del delito de injurias y calumnias, dando lugar a una sanción penal en contra de la persona que funó en RRSS a la otra.

Dicho esto, entendamos entonces ¿qué es la funa?

Comúnmente, podría entenderse como una difamación y según la Real Academia Española, la palabra funa significa desacreditar a alguien, de palabra o por escrito, publicando algo contra su buena opinión y fama.

En Chile, este fenómeno se da hace bastantes años, todo gracias a la masificación del uso de la tecnologías, y por supuesto de las redes sociales, viéndose validada como una alternativa más efectiva que la justicia tradicional, por la rapidez con la cuál puede darse a conocer o viralizarse este tipo de situaciones y obviamente la condena social que tendrá en este caso el funado, lo que puede constituir una suerte de “castigo o justicia satisfactoria” para quien se ha sentido ofendido o vulnerado de alguna forma.

Una solución, que lejos de ser justa, es completamente atentatoria tanto o más gravemente que lo que ha motivado primeramente este actuar, porque recordemos que en este escenario, es la opinión publica la que concentra todo el poder de juzgamiento, es quien conoce y da un veredicto a la luz únicamente de lo que se publica, sin más pruebas ni contrapesos que los dichos del que está funando, vulnerando por ejemplo normas tan básicas como el derecho a la defensa, al debido proceso, a la presunción de inocencia, la bilateralidad de la audiencia, entre otras, y además logrando poner a quien funa en una situación además, de desventaja e incluso de responsabilidad legal, porque pasa de ser víctima a ser victimario.

Por ellos, si usted tiene algún problema, ya sea, que una persona cometió un delito, o prestó mal un servicio, el consejo jurídico siempre va a ser, recurrir a los organismos encargados de efectuar la justicia que usted requiera, por muy largo o tedioso que sea el trámite, recuerde que los únicos que pueden administrar la justicia en un país democrático, con un estado de derecho vigente son, aunque no nos guste, los tribunales de justicia.

El límite al ejercicio de mis derechos es la vulneración de los derechos del resto.

Imagen: Huawei / Agencia Uno

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