Ordenan nuevo juicio contra alcalde de Cabrero por violencia intrafamiliar

Ordenan nuevo juicio contra alcalde de Cabrero por violencia intrafamiliar

02 Marzo 2018

El jefe comunal había sido absuelto por el Juzgado de Garantía de Cabrero.

El ConceCuente >
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El recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público, en el caso de violencia intrafamiliar del alcalde de Cabrero fue acogido por la Corte de Apelaciones de Concepción.

Según indicó el fallo, la Corte de Apelaciones de la capital regional ordenó realizar un nuevo juicio contra el jefe comunal de Cabrero, Mario Gierke, quien fue acusado de lesiones menos graves contra su cónyuge, el año pasado, esto de acuerdo a lo señalado por SoyConcepción.

En noviembre pasado, el Juzgado de Garantía había absuelto al jefe comunal, pero los jueces manifestaron que no realizaron una valoración correcta de las pruebas.

"Que, demostrado que en la sentencia impugnada hay total ausencia de análisis de la prueba respecto de las circunstancias pertinentes y relevantes para la resolución del caso, tratadas en las letras A) a F), es posible concluir categóricamente que en el fallo no se efectuó una valoración completa e integral de los medios de prueba válidamente incorporados al juicio, lo que produce una falta de exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieren por probados, y, en definitiva, una falta de fundamentación en la sentencia que hace inconsistente la decisión adoptada en el presente conflicto penal”, detalla el fallo.

Por lo que la resolución indica "(…) Que, así las cosas, se ha configurado la causal de nulidad prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, en relación con su artículo 342 letra c), que invocó el Ministerio Público en su recurso de nulidad, lo que constituye razón suficiente para acoger desde luego su arbitrio y declarar nulo el juicio y la sentencia, según lo autoriza el Código Procesal Penal en su artículo 384 inciso 2°, sin ser necesario analizar la causal de nulidad alegada por la querellante que, por lo demás, se basó en la misma que formuló el Ministerio Público", sentencia.