¿Recibes llamadas de cobranza?: Conoce tus derechos

29 Abril 2021
Existe nueva normativa para regular la cobranza extrajudicial.
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El martes 20 de abril entró en vigencia la Ley 21.320 que define límites en los mensajes con que las empresas de cobranza extrajudicial les recuerdan a los deudores morosos sus obligaciones. La normativa regula un fenómeno que en pandemia se ha vuelto muy sensible.  

En una encuesta del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), publicada en septiembre del año pasado y realizada sobre un universo de 900 personas en todo Chile, el 49% de los encuestados señaló sentirse acosado, el 33% dijo que algunas empresas los acosaron y que otras habían sido respetuosas, y sólo el 18% indicó que quienes los llamaron fueron muy respetuosos en el trato y en los horarios.  

“En Chile más de 4,3 millones de personas se encuentran en Dicom por registrar deudas impagas.  Esta nueva normativa permitirá alivianar en algo el estrés que de forma constante están atravesando las personas que se encuentran sumidas en un estado de sobreendeudamiento, especialmente en esta época de crisis financiera”, comenta el abogado Felipe Besnier, de Defensadeudores.cl.  

La normativa (Ley 21.320) contempla cambios para resguardar al consumidor y a las personas que tienen deudas impagas, entre los que se encuentran:   

1-No más de una llamada de cobranza o visita a la semana. 

2-No más de dos mensajes o correos por semana, separados por al menos 48 horas. 

3-No se podrán enviar cartas ni ningún tipo de comunicación que aparente ser o haga referencia a un escrito, resolución o actuación judicial de cualquier especie.  

4-Las empresas de cobranza deben llevar un registro del número de veces que han contacto al deudor considerando las diferentes vías de comunicación.  

5-Una vez que el deudor es demandado por su acreedor y debe enfrentar un juicio de cobranza tendrá que detenerse todo tipo de cobranza extrajudicial.   

6-Un tribunal podrá ordenar la suspensión inmediata de la cobranza extrajudicial cuando existan denuncias, querellas o demandas por posibles infracciones.   

7-Durante el estado de excepción constitucional y hasta 60 días después de terminado este periodo las llamadas o visitas de cobranza extrajudicial podrán realizarse solo dos veces al mes.  

Hay que tener en cuenta que a pesar de que la nueva normativa establezca limitaciones a los llamados de cobranza para garantizar el respeto por los derechos de los consumidores y deudores, siempre es fundamental actuar ante los problemas financieros de forma oportuna, a medida que pase el tiempo la deuda seguirá aumentando y la situación podría empeorar si, por ejemplo, el deudor es demandado por su acreedor.  

Contar la asesoría de especialistas, como un abogado, le permitirá evaluar de mejor forma su situación, teniendo claras cuáles son las opciones disponibles y las normativas legales a las que puede recurrir. 

En Defensadeudores.cl llevan más de 20 años asesorando a personas y pymes con problemas de sobreendeudamiento. Cuentan con sucursales a la largo del país y también atención 100% online. La primera consulta es gratuita y te permitirá aclarar tus dudas.