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La morosidad en los servicios básicos domiciliarios: ¿Deuda humanitaria?

07 Abril 2021
Algunos plantean que tienen que ser el Estado quien asuma toda la deuda y la pague a las empresas prestadoras de servicios; otros que debería ser un esfuerzo conjunto entre el Estado y la empresa quienes asuman esa deuda. La verdad que aún no existe un debate serio sobre la materia.
Pablo V. Rodríguez >
authenticated user Corresponsal Corresponsal Invitado

Ya ha transcurrido más de un año desde que el virus SARS-CoV-2 (mejor conocido como el COVID-19) nos encerró como país en nuestros hogares respondiendo a una medida sanitaria implementada para proteger nuestra salud y controlar la propagación del virus. Desde ese momento en adelante Chile, y prácticamente todo el mundo, ha tenido que reinventarse respecto a la manera de seguir funcionando y realizando las actividades cotidianas, como también reflexionar sobre qué tanta protección brinda el Estado a las personas en este tipo de situaciones.

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Así, la primera preocupación – legítima – que tuvo la población fue: ¿cómo saldré a trabajar? ¿me despedirán? ¿cómo pagaré mis cuentas?

Respecto de la última pregunta, si bien hay ciertas deudas que pueden implicar consecuencias jurídicas frente al su incumplimiento, hay otras que tienen un elemento mucho más complejo, dado que no es un remate de bienes lo que arriesga frente al no pago, sino más bien el corte de suministros básicos considerados “esenciales” para la vida, como lo son el agua potable, la luz eléctrica, el servicio de gas y las telecomunicaciones, entre otros.

Al comienzo del estado de excepción constitucional de catástrofe, según consta de los registros de la fecha[1], el Presidente Sebastián Piñera quiso llegar a un acuerdo “amistoso” con algunas de las empresas proveedoras de estos servicios, señalando a la prensa que “el gobierno ha logrado acuerdos con empresas prestadoras de servicios”, reconociendo “la actitud constructiva y de colaboración que han mostrado las empresas que son parte de este acuerdo”. Este acuerdo consistía básicamente en otorgar facilidades en el pago de las cuentas asociadas a los servicios, suspensión del corte en caso de retraso (particularmente en la luz), y subsidios para el consumo.

No obstante, uno pudiera comprender la “buena voluntad” de las empresas, esto no es suficiente, más aún cuando se trata de algo tan trascendental. Es por lo mismo, que por moción parlamentaria, se discutió, promulgó y publicó la Ley N°21.249 la cual dispone, de manera excepcional, medidas en favor de usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red con ocasión del estado de catástrofe por el COVID-19.

Dentro de estas medidas, las más relevantes son aquellas que se refieren a la prohibición del corte de suministro por el no pago de las cuentas; el prorrateo de las deudas generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el término de vigencia de la ley; los requisitos de quienes podrán acogerse a dichos beneficios; entre otras regulaciones.  

Si bien en un comienzo la ley tenía una vigencia de noventa días, en diciembre, al filo del cumplimiento del plazo, fue prorrogada por doscientos setenta días, contados desde agosto. Así, ya estamos ad portas del cumplimiento del plazo, y se ha hecho un panorama sobre cómo ha funcionado esta ley y los impactos que ha generado.

Así, en una nota del Diario El Mercurio publicada el domingo 04 de abril de 2021, nos señala que “a un año de aplicación de la Ley de Servicios Básicos, más de 1,3 millones de clientes deben la luz o el agua y el monto de estos impagos supera los US$ 450 millones”[2], evidenciando que, posiblemente, el remedio se ha vuelto peor que la enfermedad.

Algunos parlamentarios, como la senadora Ximena Rincón, han señalado en la prensa que es imprescindible mantener esta norma por otro periodo de tiempo, dado que las condiciones siguen siendo críticas y las personas se han visto impactadas en su economía familiar[3]; sin embargo, no existe pronunciamiento sobre qué se hará con la deuda que sigue acumulándose por el no pago de los servicios, y si existirá una verdadera capacidad de pagar, en cuotas, lo que se adeude.

Algunos plantean que tienen que ser el Estado quien asuma toda la deuda y la pague a las empresas prestadoras de servicios; otros que debería ser un esfuerzo conjunto entre el Estado y la empresa quienes asuman esa deuda. La verdad que aún no existe un debate serio sobre la materia y eso debe comenzar a preocuparnos.

El tema de fondo es, ¿esta es una deuda comercial; o más bien es una humanitaria?

No da lo mismo la comprensión que se pueda tener de esta deuda, dado que si nos inclinamos por lo primero, un vez cesada la vigencia de la ley, el proveedor tendría todo el derecho de cortar el suministro por no pago y no otorgar este servicio esencial para la vida mientras no se cumpla con la deuda, acarreando todas las consecuencias legales que siguen (desconexión de la red, entre ellas).

En cambio, si nos inclinamos por la segunda, comprenderemos que el uso de estos servicios va más allá de una decisión comercial, sino que apela a la subsistencia misma de las personas, al desarrollo material de sus vidas y que, por lo mismo, el Estado no puede abandonarlos frente a una situación en que peligre su suministro y, por ende, debe mover todo su aparataje para garantizar un mínimo de consumo aun cuando tengan una deuda frente a dichos servicios.

Asimismo, debe buscar la manera de solucionar esta situación de morosidad, dado que pasa de ser un problema comercial a uno humanitario, porque finalmente quienes se ven más afectados en la morosidad de estos servicios son las personas de menores ingresos debido a que frente a un precario sistema de protección social frente a la pandemia, una reducción de su capacidad laboral y una acumulación de deudas por el no cumplimiento oportuno, han tenido que priorizar el pago de algunas, transformando en una bomba de tiempo aquellas que dejaron de pagar, entre ellas, las de servicios básicos domiciliarios.

Así entonces debemos comprender que esta sí es una deuda humanitaria que debemos asumir como sociedad



[1] Piñera anuncia medidas con beneficios para el pago de agua, luz y telecomunicaciones. Noticia de portal web CNN Chile. Link: https://www.cnnchile.com/coronavirus/pinera-anuncia-beneficios-agua-luz-y-telecomunicaciones_20200327/

[2] a un año de aplicación de la Ley de Servicios Básicos, más de 1,3 millones de clientes deben la luz o el agua y el monto de estos impagos supera los US$ 450 millones. Nota de prensa, Diario El Mercurio (04/04/2021). Link: https://digital.elmercurio.com/2021/04/04/B/KQ3UJS8D#zoom=page-width

[3] Ídem.

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