Proyecto de Ley que prohíbe ranking de información financiera de las personas ya está en el Senado

09 Enero 2010
La Cámara de Diputados que aprobó y envió al Senado, el proyecto de su autoría que prohíbe elaborar rankings o predictores de riesgo comercial a partir de las consultas sobre datos financieros. Por Daniel Sandoval
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El parlamentario celebró el apoyo unánime de la Cámara de Diputados que aprobó y envió al Senado, el proyecto de su autoría que prohíbe elaborar rankings o predictores de riesgo comercial a partir de las consultas sobre datos financieros contenidos en registros como DICOM.
El proyecto, precisó Eugenio Tuma avanza en la direccion de seguir combatiendo los abusos que comete el mercado en contra de usuarios y consumidores, modificando la Ley 19.628, sobre Protección de la Vida Privada, para prohibir la realización de ranking o predictores de riesgo comercial basados en variables relativas a la frecuencia de consulta de los datos personales contenidos en un registro o banco de datos asociados a una determinada persona, incluyendo la entrega a terceros de la información relativa al número de consultas de sus datos.
En otras palabras explicó Tuma hoy si los datos de una persona son consultados en dicom, tal consulta es considerada un nuevo dato que pasa a formar parte de la información negativa e incrementan el riesgo comercial de la persona, impidiendo con ello a miles de chilenos honestos, trabajadores y pymes, lograr acceder al crédito y en definitiva poniendo en riesgo la existencia de microempresas y emprendimientos de las personas.
Agregó que “estas consultas son injustas, arbitrarias y constituyen una alteración de la realidad, ya que muchos trabajadores, que ejerciendo el legítimo derecho de cotizar, por ejemplo, un crédito hipotecario o de consumo con distintas entidades bancarias o financieras, incrementarán su riesgo, cada vez que estas entidades realicen las consultas”.
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La infracción a estas prohibiciones dará derecho a que la persona dueña de los datos consultados pida, a costo del infractor, la eliminación inmediata de dicha información, sin perjuicio de las responsabilidades civiles que el afectado pueda efectuar en contra del que realice dicho ranking o predictores de riesgo comercial, o informe a terceros la cantidad de consultas de sus datos personales.
El autor de la iniciativa sostiene que las empresas que realizan el tratamiento de datos construyen, a partir de la información recolectada, los denominados predictores o rankings, instrumentos que permiten predecir el comportamiento futuro de un consumidor, sobre la base de su historial de comportamiento anterior, considerando su nivel educativo, patrimonio, nivel de ingresos, endeudamiento y la cantidad de veces que terceros han consultado su información.
En el caso particular de la empresa DICOM, el predictor establece un nivel de riesgo en razón de 3 factores principales: número de protestos que posee la persona, el número de morosidades y el número de consultas de sus antecedentes que se han realizado. Este predictor se gradúa entre 0 y 1.000 puntos, siendo 0 el más riesgoso y 1.000 el menos riesgoso.
Tuma subrayó que “es posible, y conocemos por experiencia personal, que una persona que jamás ha tenido morosidades ni protestos de ningún tipo, sea calificada en nivel de riesgo alto (325 puntos en el predictor de DICOM) por el sólo hecho de ser motivo de consultas por terceros”.
Por ultimo el legislador destacó que el proyecto tiene el carácter de urgencia, así que espera que antes de fin de mes, este culminado todo su trámite en ambas cámaras y sea despachado a ley de la república.